Informe de Bonos del 31.08.2020

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  • TÍTULOS PÚBLICOS EMITIDOS EN DÓLARES. Los títulos públicos emitidos en dólares se encuentran en pleno proceso de reestructuración. El gobierno ha hecho una oferta para los emitidos bajo legislación extranjera que venció el 28 de agosto. Para los títulos emitidos bajo legislación local vence el próximo 01.09.2020 y 15.09.2020 las fechas Temprana y Tardía respectivamente, dependiendo de la fecha en que se presente la oferta hasta qué fecha se reconocerán los intereses vencidos e impagos. Por este motivo en este informe no se calcula ni la TIR ni la Duration de los títulos..
  • TÍTULOS PÚBLICOS EMITIDOS EN PESOS A TASA FIJA.  Los rendimientos en esta clase de activos varían entre 30.6% y 53.3%, con duration entre 0.2 y 2.5 años.
  • TÍTULOS PÚBLICOS EMITIDOS EN PESOS AJUSTABLES POR CER. Estos instrumentos son emitidos en pesos con una cláusula de ajuste del capital según la variación que experimente el CER (coeficiente de estabilización de referencia) que elabora el BCRA. Estos instrumentos rinden entre 0.5% y 7.8% más inflación con duration entre 0.9 y 12.6 años.
  • LECAP. Las Letras del Tesoro Capitalizables en Pesos son instrumentos de deuda emitidos por el gobierno nacional en pesos, en distintas series. Cada serie devenga y capitaliza una tasa de interés mensual fija hasta su vencimiento, lo que determina que el monto al vencimiento de cada serie sea fijo. El decreto N° 596/2019 del 29.08.2019 reprogramó los vencimientos de cada serie de acuerdo al siguiente esquema: a) en las respectivas fechas de vencimiento previstas en los términos y condiciones originales se cancelará el 15% del monto adeudado a la respectiva fecha. b) A los 90 días corridos del pago anterior, se pagará el 25% del monto adeudado a la fecha del pago previsto en a), más el interés devengado sobre el saldo de dicho monto, neto del pago efectuado según a). c) El saldo remanente se cancelará a los 180 días corridos del pago previsto en a) . Exclusivamente en el caso de las Lecap que tengan vencimiento a partir del 1° de enero de 2020, el pago del saldo remanente luego del pago previsto en el apartado a) será atendido íntegramente a los 90 días corridos de dicho pago.